EL JUICIO CONTRA NEERA

El Texto del juicio contra Neera es el más antiguo que se conserva contra una mujer

Cortesana y su cliente, peliké ática de figuras rojas 
Polignoto, c.430 a. C.
El juicio contra Neera, prostituta de Corinto y esposa de Estéfano, ciudadano ateniense, se celebró entre el 343 y el 340 a.C. en Atenas.

En verdad era un asunto personal, algo que el denunciante, Teomnesto, reconoció nada más empezar: “No me presento en este juicio como acusador, sino como vengador”, dijo, poco antes de cederle la palabra a Apolodoro, que era su cuñado y el agraviado de verdad. Estéfano lo había denunciado varias veces, y al menos una, en falso. Pero si esas oscuras rencillas personales estaban en el fondo del proceso, en la superficie las cosas estaban mucho más claras, y así lo señaló el propio Apolodoro: “Neera, la misma que veis ahí, estuvo bebiendo y comiendo como si fuera una furcia”.

Lo era, de hecho, aunque no era ese su delito. Pero su oficio sí le da al proceso un brillo especial. Por su condición de excluida entre las excluidas (era mujer, extranjera y puta), el caso desvela sabrosísimas informaciones sobre la constitución jurídica y social de la cuna de la democracia. El texto de Juicio contra una prostituta, de Demóstenes, que acaba de editar Errata Naturae, es además el único discurso forense contra una mujer de la Grecia clásica que conservamos. Cosa muy discutible es que el texto sea en verdad obra de Demóstenes.

Como toda excepción, Neera tendría mucho que decir sobre las reglas de la Ciudad, pero no escuchamos sus palabras. Ni las de su marido. Y Tampoco conocemos la sentencia. Nos ha llegado sólo el alegato de la acusación, entonado por Apolodoro (probable autor del texto) mirando de reojo la clepsidra, el reloj de agua que le marcaba el tiempo. Él mismo nos resume lo dicho por sus testigos, Demóstenes entre ellos, y remata: “He acusado a Neera de vivir como mujer de un ciudadano siendo extranjera”.

Esa es la clave: que Estéfano había adoptado como suyos los hijos de Neera y a ella como esposa, lo que les otorgaba derechos políticos a esos ilegítimos descendientes. La ley no contempla la prostitución como delito. Pero pone a cada uno en su sitio: “A las heteras las tenemos por placer, a las concubinas para el cuidado diario de nuestro cuerpo, a las esposas para tener hijos legítimos y contar con una fiel guardiana en el hogar”. El adulterio sí lo era: los adúlteros perdían sus derechos civiles si seguían viviendo con su esposa y las adúlteras, los suyos como invitadas de piedra.

Pero ir de putas no era adulterio. Otra cosa es que sus hijos pudieran colarse en el cuerpo de la comunidad, violando la ley. Y ese era el caso: los hijos de una de Corinto (“Las Vegas de la antigua Grecia”) podían acabar como ciudadanos de Atenas. De ahí la retórica apocalíptica de Apolodoro, que recuerda que si se permite eso, las hijas de los pobres se lanzarán a la calle para ganarse la vida (y el marido) sin esperar a que la ciudad les pagase su dote. “Piense por tanto cada uno que vota a favor de su mujer, su hija, su madre, su ciudad, las leyes y los ritos, para que no parezca que se las tiene en la misma estima que a una furcia”.

Publicado por Braulio García Jaén en el diario Público

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